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Canal de denuncias

Información

En base al compromiso de las corredurías asociadas al Grupo HIB con el cumplimiento tanto de la normativa externa que les es de aplicación como de sus propias políticas internas y su Código de Conducta o Ético, el Grupo HIB anima a todos los empleados y colaboradores a comunicar cualquier incumplimiento de dicho marco normativo cuando conozcan o sospechen de manera fundada que algún miembro de la organización esté realizando actos contrarios a la ley, al Código Ético o a cualquiera de sus políticas corporativas.

En las corredurías asociadas al Grupo HIB existe un firme compromiso con la transparencia y el comportamiento ético. Por ello, se pone a disposición de todos los empleados una vía segura y eficaz de comunicación: el Canal de Denuncias, a través del cual se garantiza la confidencialidad de la información y la protección de la identidad del denunciante.

El Grupo HIB agradece sinceramente la utilización responsable de este canal, como instrumento esencial para fortalecer la integridad corporativa y contribuir a la sostenibilidad y solidez de la organización.

  1. Derecho a recibir información previa
    Antes de interponer una denuncia, el denunciante deberá tener acceso a información clara, completa y fácilmente comprensible sobre todo el proceso. Por ello, desde las corredurías asociadas al Grupo HIB nos comprometemos a informar debidamente al denunciante de todos los trámites y fases relacionados con la gestión de su denuncia.

  2. Derecho a la utilización de la información con carácter restrictivo
    La información facilitada por el denunciante solo podrá ser utilizada para los fines estrictamente necesarios relacionados con la investigación de los hechos denunciados, quedando expresamente prohibido cualquier otro uso distinto.

  3. Derecho a la confidencialidad
    Las corredurías asociadas al Grupo HIB garantizan la confidencialidad absoluta en la recepción y gestión de las comunicaciones presentadas a través del Canal de Denuncias. Se informa al denunciante de que, tanto en el formulario de denuncia como durante el proceso de investigación, solo se solicitarán los datos estrictamente necesarios para su adecuada tramitación, y únicamente el personal autorizado tendrá acceso a dicha información.

  4. Derecho a recibir un “acuse de recibo”
    Las corredurías asociadas al Grupo HIB informarán al denunciante de la recepción de su comunicación en un plazo máximo de 7 días naturales.

  5. Derecho a recibir una información razonable
    Las corredurías asociadas al Grupo HIB mantendrán informado al denunciante sobre el estado de la denuncia y su tramitación en un plazo máximo de tres meses, contados a partir del envío del acuse de recibo.

  6. Derecho a una investigación transparente y a un interlocutor imparcial
    Las denuncias o consultas recibidas serán tratadas con la máxima transparencia, imparcialidad y rigor, por parte de personal cualificado y debidamente autorizado, que contará con la preparación adecuada para resolver las dudas del denunciante y tramitar correctamente la denuncia interpuesta.

  7. Derechos derivados de la normativa de Protección de Datos
    Las corredurías asociadas al Grupo HIB garantizan que todos los datos personales proporcionados por el denunciante serán tratados conforme a la normativa vigente en materia de protección de datos, asegurando en todo momento su confidencialidad, integridad y seguridad.

  8. Derecho a la no represalia
    Las corredurías asociadas al Grupo HIB recogen expresamente la prohibición de adoptar cualquier tipo de represalia contra el denunciante por el hecho de haber presentado una comunicación o denuncia de buena fe. No se exigirá responsabilidad alguna por la información contenida en la denuncia, salvo en los casos en que el denunciante actúe con mala fe o de forma manifiestamente falsa.

Las corredurías asociadas al Grupo HIB recuerdan que toda persona que presente una comunicación o denuncia a través del Canal de Denuncias debe actuar conforme al principio de buena fe respecto de los hechos que ponga en conocimiento de la organización.

Se entenderá que no existe buena fe cuando el denunciante:

  • Sea consciente de la falsedad de los hechos denunciados.

  • Actúe con manifiesto desprecio a la verdad.

  • Persiga fines de venganza o represalia.

  • Pretenda perjudicar a las corredurías asociadas al Grupo HIB, a la persona denunciada o a terceros.

  • Actúe con la intención de acosar, lesionar el honor o dañar laboral, profesional o personalmente a otra persona.

En caso de demostrarse que la denuncia se ha interpuesto de mala fe, el denunciante no estará amparado por las medidas de protección previstas y podrán aplicarse las medidas disciplinarias y/o acciones legales correspondientes, incluidas las de carácter penal si procede.

Asimismo, se recuerda que las pruebas que sustenten la denuncia deben haberse obtenido de forma lícita. Si se detecta que se han obtenido de forma ilícita y los hechos pudieran constituir delito, las corredurías asociadas al Grupo HIB podrán remitir el asunto a la autoridad judicial competente para su valoración y posible actuación.

Las corredurías asociadas al Grupo HIB se reservan el derecho de inadmisión de denuncias presentadas a través del Canal de Denuncias en los siguientes supuestos:

  1. Falta de credibilidad o fundamento:
    Cuando los hechos denunciados no resulten verosímiles, carezcan de indicios suficientes para su fundamentación o constituyan simples conflictos personales o riñas sin relevancia disciplinaria, legal o ética.

  2. Denuncias manifiestamente infundadas o deficientes:
    Cuando los hechos sean genéricos, imprecisos o no estén debidamente acreditados, salvo que el denunciante subsane las deficiencias detectadas en el plazo que se le indique.

  3. Conductas no incluidas en el ámbito del Canal de Denuncias:
    Cuando los hechos denunciados no estén comprendidos dentro de las materias o conductas que las corredurías asociadas al Grupo HIB contemplan como objeto de este canal.

  4. Reiteración de información ya tratada:
    Cuando la denuncia sea una mera reproducción de otra comunicación previamente inadmitida o ya debidamente investigada y resuelta, salvo que se aporten elementos sustancialmente nuevos que justifiquen su reapertura.

¿Quién puede denunciar?

Podrá presentar una denuncia cualquier persona que mantenga o haya mantenido una relación laboral o profesional con las corredurías asociadas al Grupo HIB, incluidos miembros del consejo de administración, alta dirección, ex empleados, así como personas que se encuentren en procesos de selección o colaboración, conforme a la normativa vigente aplicable.

¿Puedo sentirme seguro ante posibles represalias por interponer una denuncia? ¿Se comunica al denunciado la presentación de la denuncia?

De acuerdo con la normativa vigente, el Canal de Denuncias y el procedimiento de investigación de las comunicaciones garantizan que no se adoptará ningún tipo de represalia contra los denunciantes de buena fe.

Los denunciantes gozarán de protección siempre que exista una presunción razonable de veracidad en los hechos denunciados. Asimismo, las corredurías asociadas al Grupo HIB podrán adoptar medidas de apoyo —incluyendo asesoramiento, asistencia frente a represalias, apoyo organizativo e incluso asistencia jurídica— en caso de ser necesarias.

Por otra parte, la persona denunciada no será informada de la existencia del procedimiento hasta que concluya la fase de investigación interna, salvo cuando la ley exija lo contrario.

¿Cuál es el proceso de tramitación de la denuncia? ¿Cuánto tiempo tardará en resolverse el procedimiento?

Una vez interpuesta la denuncia mediante el formulario habilitado, el denunciante recibirá un acuse de recibo en un plazo máximo de 7 días naturales.
Posteriormente, el resultado de la investigación interna será comunicado en un plazo máximo de 3 meses, salvo que se trate de hechos con posible relevancia penal, en cuyo caso el plazo podrá prorrogarse hasta 6 meses desde la recepción de la denuncia, conforme a la normativa aplicable.

Si carezco de pruebas, ¿puedo denunciar?

Sí. Aunque es recomendable aportar pruebas o indicios que faciliten la investigación, no es un requisito obligatorio. El formulario de denuncia permite adjuntar documentación complementaria, pero su ausencia no impide la presentación ni la tramitación inicial de la denuncia.

¿Qué ocurre si he realizado una denuncia falsa?

Si las sospechas resultan infundadas pero la denuncia se interpuso de buena fe, esta será simplemente archivada, comunicándose dicho cierre al denunciante.

En cambio, si la denuncia es falsa y se demuestra mala fe, podrán aplicarse medidas disciplinarias y/o penales, ya que podría constituir un delito de calumnias o injurias, tipificado en los artículos 205 y siguientes del Código Penal. En tales casos, el denunciante no estará amparado por las medidas de protección previstas.

¿En qué medida se protegen los datos contenidos en la denuncia?

Además de las garantías de confidencialidad ya mencionadas, todos los datos personales contenidos en las denuncias serán tratados de conformidad con la normativa vigente en materia de protección de datos y las políticas internas de las corredurías asociadas al Grupo HIB, asegurando en todo momento la confidencialidad, integridad y seguridad de la información.

Los datos de carácter personal serán tratados por las corredurías asociadas al Grupo HIB e incorporados a la actividad de tratamiento correspondiente, cuya finalidad es dar cumplimiento a la obligación legal de gestionar el procedimiento previsto en el artículo 9 de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

Los datos personales podrán ser comunicados a la Autoridad Judicial, al Ministerio Fiscal o a la autoridad administrativa competente, cuando así sea necesario en el marco de una investigación penal, disciplinaria o sancionadora.

La información se conservará durante el tiempo estrictamente necesario para cumplir con la finalidad para la que fue recabada y para determinar las posibles responsabilidades legales derivadas tanto del procedimiento como del tratamiento de los datos personales.

Las personas interesadas podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento y portabilidad, así como cualesquiera otros derechos que resulten de aplicación, de conformidad con la normativa vigente en materia de protección de datos.
La información adicional y detallada sobre el tratamiento de datos personales puede consultarse en la Política de Privacidad adjunta.

Con independencia del uso del Canal Interno de Denuncias de las corredurías asociadas al Grupo HIB, usted podrá presentar la información ante el canal externo de la Autoridad Independiente de Protección del Informante Estatal, así como, en su caso, ante las autoridades u órganos autonómicos competentes o ante las instituciones de la Unión Europea de naturaleza análoga, conforme a lo previsto en la normativa vigente.

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